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cODIGO nuevo,  MAÑA ANTIGUA
Cuando la democracia retrocede
                          
por Angeles D´Aveta

 

La provincia de Corrientes superó el anacronismo de un Código de faltas de principios del siglo pasado, pero lo cambió por otro que en la práctica restringe las libertades individuales y amplía los poderes de la policía. La medida, dictada bajo el gobierno de la Intervención Federal, sigue la línea que promueve la administración De la Rúa. A partir de ahora, cualquiera puede ser declarado sospechoso, y está más indefenso contra las detenciones arbitrarias


El gobierno de la Intervención Federal promulgó en mayo de este año un Código de faltas y contravenciones. Se trata de la tipificación y sanción de hechos que no constituyen delito pero que "pueden llegar a facilitarlos" o que "atentan contra la seguridad, la moral y el orden público", según las fundamentaciones del documento. Como instrumento legal, reemplaza al Código de Policía de la provincia, que regía desde 1901

La nueva reglamentación, que entró en vigencia en el mes de julio, establece penas que van de uno a treinta días de arresto (por un listado de contravenciones menores), lo que puede eludirse pagando "unidades de multa" (UM). Una UM corresponde al 1% de la remuneración mensual de un juez de cámara; algunas faltas son multadas hasta con 10 unidades. Quiere decir que el arresto efectivo, sólo será para quienes no pueden pagar.

Las faltas o contravenciones están mencionadas en forma imprecisa y muchos artículos se prestan para que ciertas conductas personales y privadas, que no dañan a terceros, según el criterio de la policía, puedan ser castigadas. Un ejemplo de esto se encuentra en el artículo 84 de dicho Código, donde se especifica lo siguiente: "Serán sancionadas con multa de hasta cinco (5) unidades o arresto de hasta cinco (5) días los que merodearen edificios, vehículos, establecimientos agrícolas, ganaderos, forestales o mineros o permanecieran en las inmediaciones de ellos en actitud sospechosa, sin una razón atendible según las circunstancias del caso..."

Pero también se pone en tela de juicio acciones colectivas ya que: "Serán sancionados con arresto de hasta 40 días los que tomaren parte en reuniones públicas tumultuarias o provocaren tumultos en reuniones públicas autorizadas o no". En este caso la pena queda sin efecto para aquellos que "acataren de inmediato la intimación a disolverse y retirarse en orden". Grato favor para los gobernantes. La restricción no deja de resultar sospechosa en una provincia donde fueron precisamente las reuniones y movilizaciones masivas el motor del desmoronamiento de tres gobiernos precedentes al de la Intervención.

También "se sancionará con hasta 10 UM o arresto de hasta 20 días, los que profirieren gritos, hicieren ruidos o utilizaren otros medios capaces, conforme a las circunstancias, de causar escándalos o daños a terceros". Una de las lecturas que puede hacerse es que además de prevenir el delito, lo que se intenta es reprimir o desarticular cualquier tipo de protesta social. Al prohibir gritar y hacer ruido en la calle, se está censurando una de las pocas formas que le quedan a la gente de expresar su descontento.

Otra sanción está prevista para quienes "molestaren a otra persona, afectando su decoro personal, mediante gestos, palabras o graficaciones en la vía pública, lugares de acceso público o desde un lugar privado con trascendencia a terceros".

"Pintar, ensuciar, manchar o alterar una cosa de propiedad pública o privada" es otra de las faltas tipificadas en el Código. Ya antes de la aprobación del mismo, durante el año pasado, fueron detenidos militantes de partidos de izquierda por realizar pintadas en las paredes de la ciudad. Entre otras cosas también se sancionará: expender o tomar bebidas alcohólicas en la vía pública, no mostrar documentos si la policía lo requiere, "entregarse a la mendicidad o la vagancia" y permanecer en horarios inadecuados en la calle si se es menor de edad.

 

UN MODELO NACIONAL
Mayores facultades a la policía

En el orden nacional, en junio de este año se atribuyeron nuevos poderes a la Policía Federal. Se les permite revisar autos y personas que se crean sospechosos, sin orden judicial, operativos en los que también pueden intervenir las fuerzas de Subprefectura y Gendarmería. Estos cambios fueron establecidos en una ley que introdujo reformas al Código Procesal de la Nación. Todo consiste en aumentar el poder de las fuerzas de seguridad, aunque el gobierno se justifique con la alarmante inseguridad que se vive actualmente en el país.

Por su lado, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), advirtió al diario Clarín, que las nuevas facultades violan garantías constitucionales. Una de las modificaciones más cuestionadas por los organismos de derechos humanos es que a partir de ahora la policía podrá ingresar sin testigos a realizar allanamientos que los mismos funcionarios consideren como "riesgosos". Nada garantizará entonces la transparencia de los procesos, todavía más si se tiene en cuenta que la federal es una de las fuerzas de seguridad a la que más vicios le quedan de la última dictadura militar.

Un comunicado lanzado en el mes de junio por el CELS, la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI) y Amnistía Argentina, en forma conjunta, declara lo siguiente:

"El aumento de facultades a la policía es una solución falsa al problema de la inseguridad.

La ineficacia de las políticas preventivas de la policía no se debe a la falta de facultades policiales.

El aumento de las facultades policiales conlleva un agravamiento de los problemas que ya existen.

Las nuevas medidas olvidan que la propia policía es un factor central del problema de la inseguridad.

Con mayores facultades policiales aumentará la discriminación y la conflictividad social."

A pesar de que la democracia se recuperó en el país hace casi 20 años y que en 1994 se le dio rango constitucional a diversos pactos internacionales de derechos humanos, estas nuevas legislaciones hacen retroceder el ejercicio de derechos y libertades ya garantizados. Por ello, los distintos organismos de derechos humanos continúan luchando porque se respete el precepto de que "toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario". Mientras tanto, conviene tener presente las siguientes recomendaciones:

1- Salir siempre con documentos. Precaución que normalmente no haría falta, ya que nadie tiene la obligación legal de probar su identidad hasta cuando sale a hacer mandados.

2- Ante una detención, se debe exigir el derecho de realizar una llamada a una persona de confianza y la protección de asistencia legal.

3- Recordar que las personas detenidas por faltas o contravenciones no pueden ser esposadas, trasladadas en vehículos que no sean policiales o reunidas con presos comunes.

4- Antes de firmar cualquier declaración o documento que no se entienda, conviene poner apelo y si hubieron malos tratos: pido médico. Si hay una notificación sin apelar, puede quedar una sentencia firme, que después actúa como antecedente.

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